El titular de un vehículo que lo transmita a otro, deberá notificarlo a la Jefatura Provincial de Tráfico en un plazo de 10 días desde su transmisión.
Por su parte el adquirente del vehículo solicitará dentro de un plazo de 30 días desde la adquisición, la renovación del permiso de circulación, siendo entonces cuando la Jefatura de Tráfico anotará en el Registro de Vehículos al adquirente como nuevo titular. Hasta entonces el vehículo no podrá circular salvo que disponga de un nuevo permiso de circulación.
El transmitente tiene la obligación de notificar a la Jefatura de Tráfico la transmisión de su vehículo. En el caso de no hacerlo seguirá siendo el titular registral del vehículo a efectos de la normativa de tráfico.
Y el adquirente por su parte tiene la obligación de solicitar la renovación del permiso de circulación. No hacerlo puede ser causa de posible inmovilización del vehículo si no se hubiera hecho en el plazo máximo de 30 días desde la adquisición del vehículo.